- 15/07/2017
- Publicado por: Domingos Amoedo
- Categoría: Actualidad, Fiscal
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Hace tiempo que los autónomos reclaman una ley más comprensiva con su situación, que sea más flexible y que les ofrezca más facilidades para el pago de las cuotas. A comienzos de este mes se aprobaba, después de un largo recorrido, la Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Te resumimos las principales novedades:
- Más deducciones. Tras la entrada en vigor de estas medidas urgentes el autónomo podrá deducirse 26,67 € diarios de manutención, siempre que se cumplan estos requisitos: justificar que ha existido un desplazamiento motivado por el ejercicio de la actividad y que el pago del gasto de manutención se haya hecho de forma telemática (tarjeta). Además, para todas aquellas personas que trabajan desde casa también hay una buena noticia: podrán deducirse el 30 por ciento de los suministros de agua, gas, telefonía y electricidad de su hogar, siempre que no cuenten con local afecto a la actividad y trabajen desde casa.
- Cuota reducida por más tiempo. Actualmente, la ley de autónomos permite la posibilidad al empresario que se da de alta de pagar una tarifa de 50 euros durante los seis primeros meses, con esta reforma el tiempo se extiende a 12 meses. Esta medida busca incrementar el número de emprendedores, así como mejorar su situación durante el primer año.
- Más flexibilidad: más cambios en la base de cotización y más altas y bajas. No todos los autónomos cuentan con las mismas necesidades y no en todas las épocas del año se obtienen los mismos ingresos. Con la reforma, los trabajadores podrán cambiar hasta cuatro veces al año, en lugar de dos, su base de cotización, y se permitirán hasta tres altas al año, un cambio importante para aquellos que se encuentran con determinados meses en los que no tienen ingresos.
- Menos recargos por retraso del pago. Para aquellas personas que tienen dificultades con el pago, esta reforma ha reducido los recargos por retraso de un 20 a un 10 por ciento, siempre que el abono se produzca dentro del primer mes natural siguiente al del vencimiento del plazo de ingreso.
- Se reconoce el accidente in-itenere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los profesionales autónomos.
- Se permite la compatibilización al 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo.
- Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.